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	<title>Reflexiones &#8211; Mediación es Justicia</title>
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	<description>Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación de España</description>
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	<title>Reflexiones &#8211; Mediación es Justicia</title>
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		<title>Mediación en tiempos de COVID-19. Reflexiones de un magistrado.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Gemme España]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 May 2020 10:32:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Reflexiones]]></category>
		<category><![CDATA[COVDI-19]]></category>
		<category><![CDATA[PUBLICA]]></category>
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					<description><![CDATA[Juan Francisco Mejías, Magistrado del Juzgado de 1ª instancia nº 15 de Valencia y Vicepresidente de GEMME España nos deja sus reflexiones sobre la mediación en el escenario post coronavirus. Augura el magistrado un aumento de la conflictividad, tanto por la aparición de nuevas controversias como por exacerbación de las existentes, sobre todo en los [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div id="pl-6624"  class="panel-layout" ><div id="pg-6624-0"  class="panel-grid panel-has-style" ><div style="padding: 0px 0; " data-overlay="true" data-overlay-color="#000000" class="panel-row-style panel-row-style-for-6624-0" ><div id="pgc-6624-0-0"  class="panel-grid-cell" ><div id="panel-6624-0-0-0" class="so-panel widget widget_sow-editor panel-first-child" data-index="0" ><div style="text-align: left;" data-title-color="#443f3f" data-headings-color="#443f3f" class="panel-widget-style panel-widget-style-for-6624-0-0-0" ><div
			
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	<p><strong>Juan Francisco Mejías, Magistrado del Juzgado de 1ª instancia nº 15 de Valencia y Vicepresidente de GEMME España nos deja sus reflexiones sobre la mediación en el escenario post coronavirus.<br />
</strong></p>
<p>Augura el magistrado un aumento de la conflictividad, tanto por la aparición de nuevas controversias como por exacerbación de las existentes, sobre todo en los ámbitos laboral, mercantil, familiar, vecinal e inmobiliario.</p>
<p>Ante esta situación, Juan Mejías propone la mediación como mejor alternativa para hacer una tutela judicial efectiva y como forma de justicia sostenible.</p>
<p>No basta con hacer una buena ley y publicarla, afirma el magistrado valenciano, será necesario que vaya acompañada de apoyo económico para dotar los recursos necesarios.</p>
<p>Por último, es requisito imprescindible la concienciación de todos los profesionales del ámbito del derecho y su colaboración decidida.</p>
<p>En el siguiente vídeo, el Viceprensidente de GEMME España comparte estas reflexiones en detalle.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p style="text-align: center;"><iframe src="https://www.youtube.com/embed/fVDeQBODRls" width="560" height="315" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
<p>&nbsp;</p>
<p style="text-align: center;"><strong>En tiempos de COVID-19 resulta imprescindible apostar firmemente por la mediación.</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
</div>
</div></div></div><div id="panel-6624-0-0-1" class="so-panel widget widget_blog_subscription jetpack_subscription_widget panel-last-child" data-index="1" ><div style="text-align: center;" data-title-color="#443f3f" data-headings-color="#443f3f" class="panel-widget-style panel-widget-style-for-6624-0-0-1" ><h3 class="widget-title">¿Te ha resultado interesante esta información? Sigue el blog de Mediación es Justicia por email.</h3>
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		<title>Reflexiones de nuestro paso por el Moot Internacional de Negociación y Mediación</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Gemme España]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 27 Mar 2019 07:27:35 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Promoción de la Mediación]]></category>
		<category><![CDATA[Reflexiones]]></category>
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					<description><![CDATA[Como ya anunciábamos en esta misma web, del 20 al 23 de marzo pasado se celebró en Madrid la edición 2019 del Moot Internacional de Negociación y Mediación Civil y Mercantil.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Como ya anunciábamos en esta misma web, del 20 al 23 de marzo pasado se celebró en Madrid la edición 2019 del <a href="https://mediacionesjusticia.com/2019/03/18/esta-semana-tendra-lugar-una-nueva-edicion-del-moot-internacional-de-negociacion-y-mediacion-civil-y-mercantil/">Moot Internacional de Negociación y Mediación Civil y Mercantil</a>. Ha sido un privilegio representar a GEMME España participando en el papel de jueces en algunas de las rondas de competición, y actuar como mediadora en la gran final. Es una experiencia inigualable que no dudamos en recomendar a otros profesionales implicados en la mediación y las ADRs.<span id="more-4842"></span></p>
<p>De nuestro paso por el “<a href="https://www.mootnegociacionymediacion.com/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Moot Internacional de Negociación y Mediación</a>” destacamos:</p>
<p>En primer lugar, la satisfacción de ver que, año tras año, esta cita de difusión del uso de la negociación y la mediación en la gestión de conflictos se va asentando y extendiendo a más universidades, empresas y despachos profesionales, habida cuenta del número de entidades participantes y colaboradoras en esta edición.</p>
<p>Haber tenido la oportunidad de conocer a equipos de universitarios altamente motivados para emprender un torneo donde el diálogo y la colaboración eran las únicas armas que podían utilizar. Una contienda, por tanto, pacífica, donde los frutos se obtienen cuando se emplean con habilidad y destreza las herramientas de negociación aprendidas durante los entrenamientos previos. Nos ha llamado especialmente la atención su capacidad de recoger cuantas recomendaciones les hacían los jueces, tras las diferentes rondas de la competición, e incorporarlas rápidamente. En la final se enfrentaran dos equipos muy bien preparados, capaces de legitimarse mutuamente y de utilizar con soltura técnicas y estrategias en aras de llegar a un acuerdo consensuado.</p>
<p>Creemos que el formato utilizado contribuye enormemente a que en la comunidad universitaria se vaya asentando la idea de que, para ganar, el mejor camino es la colaboración. No nos cabe la menor duda que, cuando estos jóvenes accedan al mercado laboral, serán conocedores de la mediación, sabrán cómo hay que negociar para defender adecuadamente los intereses de sus clientes, cuál es el papel de los abogados dentro de la misma y cómo evitar litigios interminables alcanzando óptimos resultados. Es un deber de las sociedades avanzadas no solo abogar por el consenso y el diálogo, sino ponerlo en práctica e irlo inoculando entre las generaciones que, antes o después, serán las caras visibles de empresas, despachos profesionales, medios de comunicación e, incluso, poderes del Estado.</p>
<p>Y es que, si queremos que las cosas cambien, cualquier pequeño paso es importante&#8230; y mucho más una competición como el Moot.</p>
<p>Por:<strong> Amparo Quintana García</strong> (coordinadora territorial de GEMME en Madrid) y Luis Aurelio González Martín (anterior presidente de GEMME España).</p>
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		<title>Propuestas de GEMME España al Anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediación</title>
		<link>https://mediacionesjusticia.com/propuestas-de-gemme-espana-al-anteproyecto-de-ley-de-impulso-de-la-mediacion</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Gemme España]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 20 Feb 2019 08:11:43 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[Reflexiones]]></category>
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					<description><![CDATA[El 16 de enero de 2019 el Ministerio de Justicia hacía público el Anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediación, abriendo un proceso de consultas para que los profesionales en este ámbito pudieran hacer sus aportaciones de mejora.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El 16 de enero de 2019 el Ministerio de Justicia hacía público el <a href="https://mediacionesjusticia.files.wordpress.com/2019/01/anteproyecto-ley-impulso-mediaci0n.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediación</a>, abriendo un proceso de consultas para que los profesionales en este ámbito pudieran hacer sus aportaciones de mejora.</p>
<p>En ese momento, GEMME España puso a disposición de sus socios un procedimiento para recoger sus aportes con el objetivo de presentarlos al Ministerio de forma única y consolidada, lo cual se ha hecho a través del documento <a href="https://mediacionesjusticia.files.wordpress.com/2019/02/aportesgemme.lim_.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Propuestas de GEMME España al Anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediación</a> fechado el 9 de febrero pasado.<span id="more-4800"></span></p>
<h3>Resumen ejecutivo del documento presentado al Ministerio</h3>
<h4>Valoración general del anteproyecto de ley</h4>
<p>Si bien GEMME valora positivamente la intención del prelegislador, la asociación de magistrados considera que la futura ley tiene un campo de acción muy limitado, y que resulta insuficiente tanto en lo relativo a la mediación extrajudicial como, en particular, en lo relativo a la intrajudicial. Estas carencias se resumen en dos ideas principales: falta de recursos y falta de compromiso por parte de las administraciones e instituciones.</p>
<h4>12 Propuestas</h4>
<p>1. Que la intervención del mediador sea gratuita para quienes tengan reconocido el beneficio de justicia gratuita.<br />
2. Mejor y más completa regulación del trámite de derivación judicial a mediación, incluyendo el proceso de ejecución.<br />
3. Incluir la competencia de los Letrados de la Administración de Justicia.<br />
4. Regular el modo de designación de los mediadores intrajudiciales de forma uniforme,<br />
5. Asegurar la proactividad de los asesores legales hacia sus clientes con la propuesta de mediación.<br />
6. Ampliar las materias en las que el intento de mediación debe ser requisito de procedibilidad<br />
7. Definir el contenido de la sesión “exploratoria”.<br />
8. Descartar que la formación en igualdad y violencia de género sea exigible sólo para los profesionales de la mediación.<br />
9. Suprimir la denominación “de Impulso” para la Comisión de Seguimiento<br />
10. Ampliar los Grados y niveles educativos en que ha de incluirse como obligatoria una asignatura sobre mediación y gestión adecuada de los conflictos.<br />
11. Adaptación del temario de oposiciones a distintos cuerpos de la administración y acceso a profesiones jurídicas.<br />
12. Señalar el plazo de tres meses como <em>vacatio legis</em>.</p>
<h4>Conclusiones</h4>
<p>1. Resulta imprescindible incluir la mediación entre las políticas públicas sociales, con dotación presupuestaria suficiente.<br />
2. La cultura de paz ha de inculcarse desde la escuela, promoviendo la gestión pacífica de los conflictos tanto como la educación en igualdad, ambos pilares fundamentales para prevenir la violencia.<br />
3. La redacción del anteproyecto en algunos puntos supone un importante retroceso respecto de experiencias que ya se están llevando a cabo en muchísimos tribunales del país, al amparo de normas autonómicas o de proyectos piloto.<br />
4. No es hora ya de proyectos sino de efectiva implantación que, de seguro, se conseguirá aunando esfuerzos entre todos los agentes implicados. Para ello, deviene imprescindible el compromiso real de las administraciones públicas competentes; sólo así se logrará generar confianza en la ciudadanía hacia este modo de resolución de conflictos y, en general, hacia los ADRs, normalizando su utilización.<br />
5. Las propuestas que se realizan en este documento intentan mejorar el texto de la futura ley, de modo que se cumplan los objetivos pretendidos, desde la perspectiva constructiva que caracteriza siempre la actuación de GEMME España. Se ofrece, al efecto, la máxima colaboración posible y el alto grado de compromiso e implicación con la mediación que establecen nuestros estatutos.</p>
<p>Descargar el documento completo: <a href="https://mediacionesjusticia.files.wordpress.com/2019/02/aportesgemme.lim_.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Propuestas de GEMME España al Anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediación</a> .</p>
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		<item>
		<title>Conclusiones definitivas del encuentro entre jueces y abogados de familia sobre mediación intrajudicial</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Gemme España]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 29 Jan 2018 06:50:30 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Estado de la Mediación]]></category>
		<category><![CDATA[Reflexiones]]></category>
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					<description><![CDATA[Los días 9, 10 y 11 de octubre de 2017 tuvo lugar en la sede del Servicio de Formación Continua del CGPJ de Madrid un encuentro entre jueces y abogacía especializada en Derecho de Familia y Gabinetes Técnicos de Psicología del menor y forense.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Los días 9, 10 y 11 de octubre de 2017 tuvo lugar en la sede del Servicio de Formación Continua del CGPJ de Madrid un encuentro entre jueces y abogacía especializada en Derecho de Familia y Gabinetes Técnicos de Psicología del menor y forense. El director del curso fue el magistrado malagueño y miembro de GEMME, José Luis Utrera Gutierrez.</p>
<p>Nos llegan ahora las interesantes conclusiones definitivas del encuentro, que pueden <a href="https://mediacionesjusticia.files.wordpress.com/2018/01/conclusiones-definitivas-consensuadas-encuentro-de-jueces-y-abogados-de-familia-sobre-mediacic3b3n-intrajudicial.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer">descargase en formato PDF</a> y de las que se incluye seguidamente un breve resumen.</p>
<p><span id="more-4383"></span></p>
<p>PREVIA</p>
<p>1.- NECESIDAD DE CREAR LA JURISDICCION ESPECIALIZADA EN PERSONA Y FAMILIAS.</p>
<p>1ª PONENCIA: CONFLICTO Y LITIGIO JUDICIAL EN EL ÁMBITO FAMILIAR: APORTACIONES DE LA MEDIACIÓN.</p>
<p>2.- Proceso y conflicto familiar.</p>
<p>3.- Mediación y conflicto.</p>
<p>4.- Divulgación de la mediación.</p>
<p>5.- Homogeneizar la información.</p>
<p>6.- Instancias favorecedoras de la autocomposición o autogestión</p>
<p>1ª MESA: EL JUEZ Y EL ABOGADO DE FAMILIA ANTE LA MEDIACIÓN.</p>
<p>7.- Mejora de la SIP.</p>
<p>8.- Mediación y violencia.</p>
<p>9.- Derivación a la SIP.</p>
<p>10.- Asistencia jurídica gratuita y mediación.</p>
<p>11.- Clausulas de sumisión previa a mediación en los convenios reguladores.</p>
<p>12.- Mediación y cultura de la paz.</p>
<p>13.- No derivar casos no mediables.</p>
<p>14.- Derivación por los letrados.</p>
<p>15.- Intervención letrada en el acuerdo mediado.</p>
<p>16.- Obligación letrada de informar sobre los ADR.</p>
<p>17.- Formación de Jueces y LAJ sobre mediación.</p>
<p>2ª PONENCIA: LA MEDIACIÓN FAMILIAR CONECTADA CON LOS TRIBUNALES EN EUROPA Y EN ESPAÑA.</p>
<p>18.- La mediación como requisito de procedibilidad.</p>
<p>19.- Conciliación asitida y derivación a la SIP.</p>
<p>20.- Quienes pueden derivar a la SIP.</p>
<p>21.- Formación de profesionales en mediación.</p>
<p>22.- Formación de mediadores intrajudiciales.</p>
<p>23.- Paneles de mediadores en los juzgados.</p>
<p>24.- Mediación en sustracción internacional de menores.</p>
<p>25.- Otros recursos para pacificar los conflictos familiares.</p>
<p>2ª MESA REDONDA: LA SESIÓN INFORMATIVA PRESENCIAL EN LA MEDIACIÓN INTRAJUDICIAL.</p>
<p>26.- Importancia de la SIP.</p>
<p>27.- Obligatoriedad de la SIP.</p>
<p>28.- Desarrollo de la SIP.</p>
<p>29.- Igualmente, se admite la posibilidad de que, en determinados casos y a petición del mediador, los abogados permitan el desarrollo de algunas fases de la SIP sin su presencia.</p>
<p>30.- Continuidad del mediador que imparte la SIP.</p>
<p>31.- Técnicas mediacionales como herramientas en los PEF.</p>
<p>3ª MESA REDONDA: PRAXIS DE LA MEDIACIÓN INTRAJUDICIAL.</p>
<p>32.- Preferencia de señalamientos de asuntos.</p>
<p>33.- Fomento de la mediación prejudicial.</p>
<p>34.- Mediación en segunda instancia.</p>
<p>35.- Compromiso de las CC.AA y Mº de Justicia.</p>
<p>36.- Necesidad de uniformar modelos.</p>
<p>37.- Satisfacción generalizada de los usuarios de la mediación.</p>
<p>38.- Formación especializada de los mediadores.</p>
<p>39.- Reforma de la Ley 5/2012.</p>
<p>3ª PONENCIA: CUESTIONES ORGÁNICAS, SUSTANTIVAS Y PROCESALES EN LA MEDIACIÓN INTRAJUDICIAL DE LOS PROCESOS DE FAMILIA.</p>
<p>40.- Cambio de paradigma y formación de operadores.</p>
<p>41.- Desarrollo de la DA 2ª Ley 5/2012. Mediadores de oficio.</p>
<p>42.- Valoración de la mediación conectada con los tribunales.</p>
<p>43.- Mediadores y abogados.</p>
<p>4ª MESA REDONDA: LAS INSTITUCIONES ANTE LA MEDIACIÓN INTRAJUDICIAL.</p>
<p>44.- Datos fiables sobre mediaciones realizadas.</p>
<p><a href="https://mediacionesjusticia.files.wordpress.com/2018/01/conclusiones-definitivas-consensuadas-encuentro-de-jueces-y-abogados-de-familia-sobre-mediacic3b3n-intrajudicial.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Descargar el documento con las conclusiones completas</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
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		<title>«La mediación posible», una reflexión de Pascual Ortuño ante la situación en Cataluña</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Gemme España]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 10 Oct 2017 06:19:29 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Clipping]]></category>
		<category><![CDATA[Reflexiones]]></category>
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					<description><![CDATA[Pascual Ortuño es magistrado de la Audiencia de Barcelona y profesor de Resolución Alternativa de Conflictos de la Facultad de Derecho de la Universidad Pompeu Fabra. ]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong><a href="http://www.pascualortuno.com/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Pascual Ortuño</a></strong> es magistrado de la Audiencia de Barcelona y profesor de Resolución Alternativa de Conflictos de la Facultad de Derecho de la Universidad Pompeu Fabra.  El 7 de octubre publicaba en <a href="https://elpais.com/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">EL PAIS</a> un artículo titulado «La mediación posible» en el que el magistrado reflexiona sobre la dificultad de una mediación en relación a la situación en Cataluña.</p>
<p>«<em>Tengo la impresión de que la palabra «mediación» se utiliza como arma arrojadiza y no para conseguir la concordia. Unos y otros la invocan para intentar demostrar que siempre han estado por el diálogo, cuando es evidente que nunca lo han querido. Lo que cada bando quiere, en esencia, es conseguir la rendición del otro. Trasladado al momento presente, unos proponen como solución innegociable el cumplimiento de la ley (dura lex, sed lege) y para los otros la única solución es la independencia, puesto que ya es tarde para otra alternativa.</em>»</p>
<p><a href="https://elpais.com/ccaa/2017/10/07/catalunya/1507397887_100551.html?id_externo_rsoc=whatsapp" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Leer el artículo completo</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
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		<title>Checking al estado de la Mediación en Europa</title>
		<link>https://mediacionesjusticia.com/checking-al-estado-de-la-mediacion-en-europa</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Gemme España]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 25 Feb 2014 08:54:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Estado de la Mediación]]></category>
		<category><![CDATA[Reflexiones]]></category>
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					<description><![CDATA[El Comité de Asuntos Legales del Parlamento Europeo analiza las causas del fracaso de la mediación en Europa. Artículo escrito por Pascual Ortuño, magistrado y Vicepresidente de GEMME Europa.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a style="line-height:1.5em;" href="http://mediacionesjusticia.files.wordpress.com/2014/02/logo-parlamento-europeo.jpg"><img fetchpriority="high" decoding="async" class="size-full wp-image-837 alignleft" alt="logo parlamento europeo" src="http://mediacionesjusticia.files.wordpress.com/2014/02/logo-parlamento-europeo.jpg" width="275" height="183" /></a></p>
<p>El Comité de Asuntos Legales del Parlamento Europeo analiza las causas del fracaso de la mediación en Europa.</p>
<p>El documento ha sido presentado en Bruselas a principios de febrero de 2014, y lleva por título: “<strong>Reinicializar la directiva de mediación: evaluando el limitado impacto de su implementación y proponiendo medidas para incrementar el número de mediaciones en la Unión Europea</strong>” (<a href="http://www.europarl.europa.eu/RegData/etudes/etudes/join/2014/493042/IPOL-JURI_ET(2014)493042_EN.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer">está disponible en formato PDF y en inglés</a>)</p>
<p>Se trata de un inquietante estudio sobre el limitado impacto de la <a href="http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:136:0003:0008:Es:PDF" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Directiva 52/2008 en Europa</a>, realizado por un grupo de expertos internacionales vinculados a una de las más prestigiosas asociaciones mundiales de mediación y arbitraje,  <a href="http://www.jamsadr.com/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">JAMS</a>  (integrada mayoritariamente por antiguos jueces y abogados de gran prestigio).</p>
<p>En el trabajo se desarrolla la idea de la “Paradoja de la Mediación en la Unión Europea”, para resaltar que, a pesar de los múltiples beneficios que aporta y, a pesar del decidido impulso del Consejo de Europa, la Comisión Europea y la mayor parte de los gobiernos, únicamente ha sido utilizada en el pasado año la mediación en un 1 % de los litigios civiles y mercantiles surgidos en Europa.</p>
<p>Se ha elaborado un cuestionario que han contestado 816 expertos de los 28 estados, cuyos resultados muestran el fracaso de las políticas pro-mediación que se han seguido hasta ahora, lo que destaca respecto al desarrollo en los países de tradición anglosajona donde, sin tan fuertes impulsos públicos, la mediación ocupa ya un lugar relevante en el mundo de los conflictos y ha sido asimilada e incorporada como un instrumento de trabajo útil por los abogados.</p>
<p>El estudio propone dos vías para “reinicializar” la Directiva (utilizando el lenguaje informático): proceder a una modificación drástica de la norma, o bien que cada estado se comprometa, y quede obligado firmemente, a fijar unos objetivos  para conseguir una relación equilibrada entre el proceso judicial y la mediación”.<br />
La diferencia que existe en la utilización de la mediación es muy elevada entre los Estados Miembros que registraron más de 10.000 procesos de mediación como Alemania, Inglaterra, Holanda e Italia, a Estados como España donde no se llegó a las 2.000 o el grupo más numeroso que agrupa casi al 50 % de los EEMM, que no alcanzaron las 500 mediaciones.</p>
<p><a href="http://mediacionesjusticia.files.wordpress.com/2013/07/foto-articulo-iuris.jpg"><img loading="lazy" decoding="async" class="wp-image-434 alignleft" alt="El magistrado Pascual Ortuño Muñoz es el Vicepresidente Europeo de GEMME." src="http://mediacionesjusticia.files.wordpress.com/2013/07/foto-articulo-iuris.jpg" width="166" height="214" srcset="https://mediacionesjusticia.com/wp-content/uploads/2013/07/foto-articulo-iuris.jpg 338w, https://mediacionesjusticia.com/wp-content/uploads/2013/07/foto-articulo-iuris-232x300.jpg 232w, https://mediacionesjusticia.com/wp-content/uploads/2013/07/foto-articulo-iuris-230x297.jpg 230w" sizes="auto, (max-width: 166px) 100vw, 166px" /></a></p>
<p>El ahorro en tiempo es muy importante: de 566 días de promedio en procesos judiciales, a 212 en procesos de mediación; y el gasto para el Estado que va de 9.179 € de promedio para el Estado, a 6.124 € por mediación.</p>
<p>Entre las propuestas que realiza el comité de expertos están la implantación de la “semana de la negociación” que ha dado un gran resultado en USA,  el impulso a los proyectos piloto, con soporte institucional, o la introducción de la obligatoriedad por categorías de asuntos o áreas de conflictividad.</p>
<p style="text-align:right;">Artículo escrito por <a href="http://www.pascualortuno.com/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Pascual Ortuño</a>, vicepresidente de GEMME Europa.</p>
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		<title>La Justicia Mediación: una respuesta de los profesionales del derecho a la crisis de la justicia</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Gemme España]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Sep 2013 10:03:35 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Reflexiones]]></category>
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					<description><![CDATA[por Pascual Ortuño, Magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona y Vicepresidente europeo de GEMME. El sistema de justicia español está basado en los paradigmas del siglo XIX. Es fruto de la conjunción de la tradición y del racionalismo de la Ilustración y está configurado para servir como garantía de los derechos de los ciudadanos [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://mediacionesjusticia.files.wordpress.com/2013/09/dsf3332.jpg"><img loading="lazy" decoding="async" class="size-medium wp-image-493 alignleft" alt="Pascual Ortuño, magistrado y Vicepresidente de GEMME (Europa)" src="http://mediacionesjusticia.files.wordpress.com/2013/09/dsf3332.jpg?w=201" width="201" height="300" srcset="https://mediacionesjusticia.com/wp-content/uploads/2013/09/dsf3332.jpg 283w, https://mediacionesjusticia.com/wp-content/uploads/2013/09/dsf3332-201x300.jpg 201w, https://mediacionesjusticia.com/wp-content/uploads/2013/09/dsf3332-230x343.jpg 230w" sizes="auto, (max-width: 201px) 100vw, 201px" /></a><em>por <a href="http://www.pascualortuno.com/p/bio.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Pascual Ortuño</a>, Magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona y Vicepresidente europeo de GEMME.<br />
</em></p>
<p>El sistema de justicia español está basado en los paradigmas del siglo XIX. Es fruto de la conjunción de la tradición y del racionalismo de la Ilustración y está configurado para servir como garantía de los derechos de los ciudadanos y de las relaciones sociales y económicas en una época basada principalmente en la preponderancia del medio rural, de los valores tradicionales y de la economía pre-industrial.</p>
<p>En el siglo XX la administración de justicia comenzó un camino de adaptación a las necesidades actuales, pero a partir de mitad del siglo pasado se empezó a hablar de la crisis de la justicia que desde que se inició la nueva etapa democrática está buscando soluciones en las reformas legales, en el incremento del número de jueces y en la modernización de sus estructuras.</p>
<p>A pesar de los esfuerzos políticos realizados hasta ahora la percepción ciudadana del funcionamiento de la justicia es cada vez más negativa. Los ciudadanos son, en definitiva, quiénes directamente sufren las consecuencias de que el sistema no funcione, de que los expedientes sufran demoras y de que la reparación de los derechos vulnerados llegue deficientemente cuando la respuesta del sistema legal ya es inoperante.</p>
<p>Muchos jueces tenemos la sensación de que nuestro trabajo se limita a realizar autopsias, es decir, a incidir en problemas irresolubles que ya han causado la muerte de las relaciones jurídicas y sociales que se habían planteado ante los tribunales para que se les pusiera remedio.</p>
<p>Si analizamos el ámbito del comercio y del derecho mercantil, no hay ningún concurso de acreedores de los que se tramitan en los juzgados que tengan otra finalidad que la liquidación de los bienes de la empresa a un bajo precio, y con la sensación de los acreedores de haber sido estafados y decepcionados por el sistema.</p>
<p>En las relaciones de propiedad, los litigios entre vecinos que habitan un mismo inmueble o en las crisis familiares, la tramitación del proceso judicial nunca consigue pacificar el conflicto sino que se declara vencedor a uno de ellos sin que esto sea el final del pleito, sino un salto más en la escalada del resentimiento.</p>
<p>El mismo sentimiento de frustración tienen los profesionales del derecho, los abogados, los procuradores, los notarios, los graduados sociales, que institucionalmente son colaboradores de la justicia y que, en la realidad, sufren directamente la inseguridad jurídica de un sistema que no ofrece soluciones a los problemas de sus clientes.</p>
<p>Con este panorama y, con independencia de las reformas legales que competen a los legisladores, ha surgido en todo el mundo el movimiento por la implantación de medios alternativos que aportan soluciones eficaces, rápidas, pragmáticas y menos costosas a los complejos problemas que surgen en las relaciones sociales y económicas del mundo globalizado actual.</p>
<p>Con estos métodos de trabajo en el campo de los conflictos cotidianos no se pretende hacer competencia a la administración de justicia que imparten los tribunales sino que, como ha ocurrido en todos los países en los que se está implantando, pasan a formar parte del sistema de justicia en el que se insertan. Obviamente se reservan para la controversia judicial clásica, garante de los derechos fundamentales, la tipología de litigios que le es propia, es decir, aquella en la que realmente existen problemas jurídicos o discrepancias en los hechos que precisan de la intervención judicial, o en aquellos en los que es necesaria la imposición forzosa de una decisión.</p>
<p>Entre los mecanismos de la justicia alternativa destaca por su importancia la mediación que, basada en la intervención profesional de un tercero neutral experto en comunicación y con dominio de las técnicas de negociación, procura que las partes modifiquen sus posiciones de enfrentamiento visceral para buscar soluciones colaborativas. La clave del método es el trabajo en un entorno de confidencialidad y sin que en ningún caso suponga la renuncia a acudir a los tribunales.</p>
<p>La implantación de la mediación no depende del impulso legal ni gubernamental sino, esencialmente, de la aptitud que adopten los profesionales que tradicionalmente trabajan en lo que se denomina sector justicia. En definitiva se trata de optar por la prevención y la solución temprana de los conflictos, en lugar de fijar los objetivos de la intervención profesional en la exigencia de responsabilidad por las consecuencias de los mismos.</p>
<p>En el otoño que se avecina la justicia va a tener una presencia constante en los medios de comunicación, tanto por los casos judiciales que afectan al estamento político y económico del país, como por los casos candentes que ha de enjuiciar el Tribunal Constitucional.</p>
<p>La respuesta de los sectores profesionales, sindicales y ciudadanos a las reformas impulsadas por el Ministerio de Justicia con huelgas, debates y manifiestos van a deteriorar todavía más la imagen de la justicia, tocada en cuanto a su eficacia por la supresión de la plantilla de interinos y en plena crisis de sus órganos institucionales.</p>
<p>Está próxima la renovación de los componentes del Consejo General del Poder Judicial en medio de la gran polémica del cambio de sistema de elección para favorecer todavía más la dependencia de sus miembros de los poderes políticos.</p>
<p>En este panorama, ciertamente desolador, se presenta ante la ciudadanía española una iniciativa positiva cargada de ilusión. Un movimiento surgido de la base profesional, integrado e impulsado por jueces, fiscales, abogados, secretarios judiciales, notarios y procuradores, en el que no faltan asociaciones ciudadanas, trabajadores sociales, filósofos, sociólogos y psicólogos van a celebrar un SIMPOSIO en Madrid para hacer un balance del primer año de la Ley de Mediación en el ámbito civil y mercantil que, como exigencia de la Unión Europea, fue promulgada en el mes de julio de 2012.</p>
<p>Las facultades de derecho, aun cuando tardíamente, han reaccionado ante este movimiento por una justicia preventiva y colaborativa que procede del mundo anglosajón, y ya hay alguna que ha introducido como asignatura troncal de los estudios de derecho la negociación y los medios alternativos. Se ha creado una coordinadora de universidades que imparten postgrados de técnicas de mediación y, por iniciativa de la sección española de GEMME, el grupo europeo de magistrados pro mediación, se han creado en las principales ciudades españolas grupos de trabajo, a semejanza de las míticas sociedades de amigos del país del siglo XIX.</p>
<p>Los puntos neutros de promoción de la mediación (PNPM) han impulsado un ingente trabajo que se ha realizado durante más de doce meses para facilitar experiencias piloto en juzgados y tribunales a los que pudiera derivarse la litigiosidad impropia, que es aquel sector de los conflictos para los que una solución pragmática y consensuada, siempre que sea posible, es mucho más efectiva que la tardía decisión de un tribunal.</p>
<p>Con este evento de finales de septiembre se pretende que la sociedad en su conjunto y, especialmente el sector profesional de la abogacía en primer plano, conozca y utilice estos métodos. Al amparo de la ley 5/2012 los colegios profesionales de abogados, procuradores y notarios, las cámaras de comercio para los conflictos de esta naturaleza y los colegios de psicólogos y trabajadores sociales, están en la fase de crear instituciones que ofrezcan servicios de mediación, aliviando de esta forma a los tribunales de la sobrecarga de trabajo que padecen.</p>
<p>El gran reto, a partir de ahora, es el de la calidad de la mediación. La banalización de esta metodología o su práctica por personas que no tienen la formación adecuada pueden hacer que fracase muy pronto. El <a title="Simposio 2013" href="http://mediacionesjusticia.com/simposio-2013/">SIMPOSIO del 26 y 27 de septiembre</a> tiene aquí su principal objetivo.</p>
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		<title>El presidente del CGPJ apuesta por la mediación</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Gemme España]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 16 Sep 2013 19:18:43 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Reflexiones]]></category>
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					<description><![CDATA[Hoy se ha inaugurado oficialmente el curso judicial y, durante su intervención, el Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Gonzalo Moliner ha hecho una apuesta por la Mediación, el Arbitraje y la Conciliación como métodos alternativos a la resolución de conflictos. [youtube=http://www.youtube.com/watch?v=f5aACnoVuI8&#38;feature=youtu.be]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Hoy se ha inaugurado oficialmente el curso judicial y, durante su intervención, el Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Gonzalo Moliner ha hecho una apuesta por la Mediación, el Arbitraje y la Conciliación como métodos alternativos a la resolución de conflictos.<br />
[youtube=http://www.youtube.com/watch?v=f5aACnoVuI8&amp;feature=youtu.be]</p>
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		<title>¿Confía la gente en la Mediación?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Gemme España]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 14 Sep 2013 12:15:23 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Reflexiones]]></category>
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					<description><![CDATA[por Montse Purtí Mediadora y abogada. Coordinadora estatal del grupo de trabajo sobre protocolos de intervención en mediación del PNPM. Cuando subes a un autobús no te cuestionas sobre la caducidad del carnet de conducir del conductor, o si el autobús tiene los frenos en condiciones. Simplemente confías. Nelson Mandela se alió con el capitán [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<figure id="attachment_519" aria-describedby="caption-attachment-519" style="width: 209px" class="wp-caption alignleft"><a href="http://mediacionesjusticia.files.wordpress.com/2013/09/montse-purti.jpeg"><img loading="lazy" decoding="async" class="size-full wp-image-519" alt="Montse Purti" src="http://mediacionesjusticia.files.wordpress.com/2013/09/montse-purti.jpeg" width="209" height="222" /></a><figcaption id="caption-attachment-519" class="wp-caption-text">Montse Purtí</figcaption></figure>
<p><em>por Montse Purtí</em></p>
<p><em>Mediadora y abogada. Coordinadora estatal del grupo de trabajo sobre protocolos de intervención en mediación del PNPM.</em></p>
<p>Cuando subes a un autobús no te cuestionas sobre la caducidad del carnet de conducir del conductor, o si el autobús tiene los frenos en condiciones. Simplemente confías.</p>
<p>Nelson Mandela se alió con el capitán del equipo de rugby de Sudáfrica, François Pienaar, para ayudar a unificar su país. El recién elegido Presidente Mandela sabía que, tras el <em>apartheid</em>, su país seguía dividido racial y económicamente. La confianza en sí mismo y en los otros le impulsó a utilizar el deporte como herramienta de unión y, gracias a su gran habilidad, consiguió su sueño. John Carlin en “El factor Humano” dice que la debilidad de Mandela por confiar demasiado en la gente era su mayor virtud.</p>
<p>Para que la mediación llegue a implantarse en nuestro país, necesitamos este inestimable valor, la confianza.</p>
<p>Necesitamos que los posibles derivadores, en especial jueces, magistrados y abogados,  confíen en la mediación como sistema alternativo o complementario a la justicia ordinaria. Pero no sólo como un sistema que descongestionará los juzgados sino como una herramienta efectiva que puede  solucionar  definitivamente los conflictos.</p>
<p>Es conveniente que los abogados, y el resto de asesores de las partes,  tengan confianza en ellos mismos y no duden en sugerir a sus clientes la  mediación, de manera que no crean que recomendar la mediación es un síntoma de debilidad o de incompetencia.</p>
<p>Además, para que la negociación asistida tenga un buen resultado es necesario que las partes confíen en la calidad del proceso de mediación,  en la institución de mediación y en concreto en el mediador o mediadores que gestionaran el proceso.</p>
<p>Los mediadores hemos de confiar en nosotros mismos, en nuestros conocimientos y en  nuestras habilidades aprendidas durante nuestro proceso de formación como mediadores. También  debemos conseguir que las partes confíen en su propia valía personal, en su capacidad para resolver sus propios conflictos.  Además la confianza es también necesaria para reconocer a la otra parte en disputa.</p>
<p>Me pregunto, ¿cómo  podemos generar tanta confianza? ¿dando a conocer la mediación? ¿protegiendo la confidencialidad del proceso de mediación? ¿velando por una mediación de calidad? ¿efectuando algún tipo de control sobre el proceso de mediación?</p>
<p>Confío en que el <a title="Simposio 2013" href="http://mediacionesjusticia.com/simposio-2013/">Simposio </a>que se va a celebrar en los próximos días nos dará algunas respuestas, y que las cuestiones y el debate puedan generar las  raíces para sostener esta confianza, tan necesaria para que la mediación llegue a implantarse como medio alternativo o complementario a la vía judicial.</p>
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		<title>El papel de las instituciones de mediación</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Gemme España]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 22 May 2013 12:43:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Reflexiones]]></category>
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					<description><![CDATA[Nos hacemos eco del artículo publicado en Lawyerpress por Amparo Quintana García, que es abogada y mediadora y miembro de nuestra asociación. Se trata de unas interesantes reflexiones sobre el papel que juegan las instituciones en la mediación, de las que incluimos seguidamente el resumen final: «Las instituciones de mediación son un instrumento eficaz para difundir [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://mediacionesjusticia.files.wordpress.com/2013/05/papel-instituciones.jpg"><img loading="lazy" decoding="async" class="alignleft size-medium wp-image-295" alt="Papel instituciones" src="http://mediacionesjusticia.files.wordpress.com/2013/05/papel-instituciones.jpg?w=211" width="211" height="300" srcset="https://mediacionesjusticia.com/wp-content/uploads/2013/05/papel-instituciones.jpg 330w, https://mediacionesjusticia.com/wp-content/uploads/2013/05/papel-instituciones-212x300.jpg 212w, https://mediacionesjusticia.com/wp-content/uploads/2013/05/papel-instituciones-230x326.jpg 230w" sizes="auto, (max-width: 211px) 100vw, 211px" /></a></p>
<p>Nos hacemos eco del artículo publicado en <a href="http://www.lawyerpress.com/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Lawyerpress</a> por <a href="http://www.linkedin.com/pub/amparo-quintana-garc%C3%ADa/21/714/586" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Amparo Quintana García</a>, que es abogada y mediadora y miembro de nuestra asociación. Se trata de unas interesantes reflexiones sobre el papel que juegan las instituciones en la mediación, de las que incluimos seguidamente el resumen final:</p>
<p>«Las instituciones de mediación son un instrumento eficaz para difundir y acercar la mediación a los ciudadanos.  Contar con buenos mediadores entre sus filas, recursos humanos preparados, medios técnicos avanzados y mantener unas reglas éticas en su quehacer habitual, serán sin duda su mejor imagen.»</p>
<p><a href="http://www.lawyerpress.com/news/2013_04/2704_13_008.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Leer el artículo completo</a>.</p>
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