La mediación exprés en la Audiencia Provincial de Barcelona logra acuerdos en más de la mitad de los casos.

Un informe de la magistrada Raquel Alastruey muestra que el 56% de las mediaciones iniciadas en la Sección 12 de Familia terminan en acuerdo y abre la puerta a extender este modelo a otros tribunales.

La implantación de la mediación intrajudicial exprés en la Sección 12 de Familia de la Audiencia Provincial de Barcelona está ofreciendo resultados muy positivos en sus primeros meses de funcionamiento. Según un informe elaborado por la magistrada Raquel Alastruey, desde el inicio del proyecto en octubre de 2025 más de la mitad de las mediaciones iniciadas han concluido con acuerdo entre las partes.

El programa, impulsado por el Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya, permite que determinados asuntos en trámite de apelación sean derivados a un proceso de mediación que se desarrolla en una única jornada dentro de la propia sede judicial, con mediadores designados por el Centro de Mediación.

De los 19 asuntos derivados a mediación durante los 3 primeros meses de funcionamiento del sistema, 9 iniciaron el proceso de diálogo y 5 de ellos alcanzaron acuerdos, lo que supone un índice de éxito del 56%. Según explica la magistrada en su informe: “Incluso cuando no se alcanza un acuerdo total, la mediación permite avanzar en soluciones parciales y rebajar la conflictividad, preparando a las partes para resolver otros aspectos del conflicto en un momento posterior.”

Conflictos familiares con menores

En esta primera fase, el tribunal ha priorizado asuntos que afectan a menores, como custodia, régimen de relaciones personales, ejercicio de la potestad parental, gastos extraordinarios o uso de la vivienda familiar. Se excluyen los casos en los que existe violencia de género o violencia doméstica.

La mediación se desarrolla tras una primera sesión en la que el magistrado o magistrada ponente explica a las partes las razones por las que su caso puede beneficiarse de un enfoque menos confrontativo y más cooperativo. Tras esta introducción, las partes y sus abogados continúan el proceso con la persona mediadora designada.

La duración media de estas mediaciones es de dos horas y media, lo que permite abordar el conflicto con rapidez sin paralizar la tramitación judicial del procedimiento.

La mediación dentro del sistema de justicia

Uno de los elementos más valorados del programa es que la mediación se realiza dentro de la propia sede judicial, lo que refuerza la percepción de que forma parte del sistema de justicia y facilita la participación de las partes. “Los beneficios de sentar a las partes a una mesa de diálogo van mucho más allá del objeto del procedimiento judicial”, señala Alastruey en su informe. En su opinión, estos espacios permiten que las personas descubran que pueden hablar y alcanzar acuerdos sin necesidad de una confrontación judicial permanente.

Una oportunidad para pacificar conflictos

La magistrada considera que este modelo resulta especialmente útil en el trámite de apelación, cuando las partes llevan ya un largo recorrido procesal y una elevada carga emocional asociada al conflicto.“En ese momento” —explica— “la mediación ofrece una oportunidad real de pacificar la situación familiar, espe cialmente cuando hay hijos menores implicados.

 

El informe concluye que la mediación exprés debería extenderse a otras demarcaciones judiciales, especialmente en segunda instancia, para ofrecer a las partes una última oportunidad de resolver su conflicto mediante el diálogo dentro del propio sistema de justicia.

 

Sobre Raquel Alastruey

Raquel Alastruey es magistrada especializada en derecho de familia y una de las figuras pioneras en la introducción de la mediación en el ámbito judicial en España. Ha participado activamente en el desarrollo de proyectos de mediación intrajudicial y es miembro de GEMME España (Grupo Europeo de la Magistratura por la Mediación de España) desde sus inicios, con responsabilidades en la Junta Directiva.

 

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6 comentarios en «La mediación exprés en la Audiencia Provincial de Barcelona logra acuerdos en más de la mitad de los casos.»

  1. ¡Muy interesante la iniciativa!

    Un saludo desde el PIMA (Punto de Información a la Mediación) en Córdoba.

  2. Extraordinaria iniciativa. La mediación es un medio eficiente, célere, con menor desgaste emocional, de tiempo y de dinero, que los procesos tradicionales, «adversariales», porque son negociaciones asistidas, lo que lleva a la necesidad de reforzar la capacitación de quienes ejercen como mediadores.

  3. Resulta una iniciativa interesante y digna de atención. No obstante, en mi opinión el verdadero impulso de la mediación debería producirse fuera de los tribunales y en fases más tempranas del conflicto.
    A pesar del impulso que parecía prometer la Ley Orgánica 1/2025, en la práctica todavía no se están alcanzando plenamente los objetivos que se perseguían en materia de promoción de los medios adecuados de solución de controversias. En algunos territorios incluso se están produciendo retrocesos. En Santiago de Compostela, por ejemplo, no se ha renovado el convenio de mediación intrajudicial tras ocho años de funcionamiento del servicio.
    Por otra parte, que la mediación obtenga resultados positivos en una Audiencia Provincial, y además en fase de apelación, es casi una pequeña proeza, ya que cuando los asuntos llegan a ese punto el conflicto suele haber recorrido un largo proceso de escalada, con posiciones muy cristalizadas y una elevada carga emocional.
    Precisamente por ello, y atendiendo a la propia naturaleza de la mediación, sería deseable reforzar su utilización en fases mucho más tempranas, cuando todavía es posible gestionar la conflictividad de forma más eficaz y evitar, en la medida de lo posible, los costes personales, familiares y sociales derivados de un proceso contencioso prolongado.

    1. Muchas gracias por su comentario y por compartir una reflexión tan interesante.

      Coincidimos plenamente en que el impulso de la mediación debería producirse también —y ojalá cada vez más— en fases tempranas del conflicto, antes de que la controversia llegue a los tribunales. La prevención de la escalada del conflicto es, sin duda, uno de los grandes valores de la mediación.

      Al mismo tiempo, desde GEMME España (Grupo Europeo de la Magistratura por la Mediación de España) trabajamos precisamente en la promoción de la mediación intrajudicial, es decir, aquella que se desarrolla dentro del propio sistema de justicia cuando el conflicto ya ha llegado a los tribunales. En muchos casos, como bien señala, las posiciones están muy cristalizadas; por eso mismo resulta especialmente valioso comprobar que incluso en fases avanzadas del procedimiento —como la apelación— todavía es posible abrir espacios de diálogo y alcanzar acuerdos.

      Experiencias como la descrita en el artículo muestran que la mediación puede y debe formar parte de una justicia más abierta a soluciones dialogadas, complementando el trabajo judicial y ofreciendo a las partes nuevas oportunidades para gestionar sus conflictos.

      Gracias de nuevo por enriquecer el debate.

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