El primer caso en el que media un notario ha sido una disputa de herederos

las_provinciasHoy nos hacemos eco del artículo publicado en Las Provincias (Valencia) en el que se informa sobre el primer caso en el que el mediador ha sido un notario.

Fue el propio juzgado de primera instancia quien derivó el conflicto entre la familia y la pareja de un fallecido, que gracias a la mediación del notario llegaron a un acuerdo.

Nos congratula enormemente comprobar que seguimos avanzando en la dirección que nos hemos marcado en GEMME.

0 comentarios en «El primer caso en el que media un notario ha sido una disputa de herederos»

  1. No me parece correcto el título del artículo.
    Entre las tareas del notario, del abogado, del psicólogo, del sociólogo, etc, no esta la de intervenir en mediaciones.
    El notario, como tal notario, y para ceñirnos al caso del artículo, en un proceso de mediación deberá limitarse a levantar acta del acuerdo de mediación que le presenten las partes mediadas. Nada más. El notario es un fedatario público y su misión es la de dar fe de aquello que las partes que a él acudan le soliciten si no es contrario a la Ley y asesorarlas si es preciso. Nada más.
    La mediación, no lo olvidemos, la dirige un mediador con independencia de cual sea su profesión de base (notario, abogado, psicologo, etc). Y tiene sus propias técnicas que no se aprenden ni en la facultad de derecho, ni en las escuelas de practica jurídica, ni en el caso que nos ocupa, al realizar la oposición. Debemos aprender esas técnicas que son multidisciplinares.
    Recordemos que una buena mediación no tiene por qué acabar con un acuerdo. A veces el éxito de la mediación consiste en que las partes sean capaces de hablar entre ellas sin crispación, y en las familiares, que se consiga rehacer la relación familiar, o que se consiga que ésta no se rompa y perdure, aunque no se llegue a ningún acuerdo (ese acuerdo seria la finalidad que cualquier jurista desearía, pero no un mediador)
    Si un notario se dedica, además de a las funciones que la ley del notariado le encomienda, a la mediación, no hay ningún problema. Pero en el momento en que actúe como mediador deberá cambiar el «chip» de jurista por el de mediador que es muy distinto y, a veces nada fàcil de aparcar. Ya no será notario, sera mediador.
    El notario (y el abogado, psicologo, sociologo, etc…) que no sean capaces de dejar de lado su profesión de base cuando ejerzan de mediadores jamas seran capaces de efectuar una buena mediación.
    Por eso creo desacertado el título.
    Saludos,
    Joan-Maria Valls i Prats
    -abogado y mediador-

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